La CNV aprobó una regulación específica para la oferta pública con autorización automática de acciones, la cual resaltan que permitirá reducir sensiblemente los costos involucrados en el proceso de apertura del capital accionario, y simplificar asimismo el trámite de acceso al régimen de oferta pública. Incorporan dos regímenes especiales aplicables al ofrecimiento de acciones que, por su bajo o mediano impacto, puedan ser eximidos, total o parcialmente, de las obligaciones aplicables a los participantes en el régimen de oferta pública; pero que, a la vez, puedan ser considerados como ofertas públicas que cuenten con autorización automática de la CNV. Inicialmente, establecen límites reducidos respecto al monto máximo de la suscripción inicial (valor nominal más prima de emisión) a ser emitido en la colocación primaria inicial y que no podrá superar el límite máximo permitido bajo el Régimen de Oferta Pública con Autorización de Bajo o Mediano Impacto. - Bajo Impacto: Se prevé un monto de hasta 1.000.000 de UVA, sin la necesidad de presentar prospectos y otros documentos ni obtener autorización previa de la CNV con sólo efectuar una notificación a CNV según el modelo especificado en la Norma. - Mediano Impacto: El límite será de hasta 7.000.000 de UVA, y requerirá un trámite de ingreso al régimen con menores exigencias, cumpliendo con obligaciones informativas específicas para proteger adecuadamente a los inversores.