Novedades "A" 8125 Circular LISOL 1-1080, OPRAC 1-1263: Financiamiento al sector público no financiero. "Programa de Letras del Tesoro Ley 3.426". Provincia del Neuquén. El BCRA habilita que las entidades financieras puedan adquirir Letras del Tesoro a ser emitidas por la provincia del Neuquén por hasta un monto máximo en conjunto de USD50.000.000 o su equivalente...
Ver más El BCRA habilita que las entidades financieras puedan adquirir Letras del Tesoro a ser emitidas por la provincia del Neuquén por hasta un monto máximo en conjunto de USD50.000.000 o su equivalente en pesos, en el marco del "Programa de Letras del Tesoro Ley 3.426". Las entidades financieras intervinientes no podrán aplicar los recursos en moneda extranjera obtenidos de sus pasivos por intermediación financiera a la suscripción de las citadas letras denominadas en dólares estadounidenses, de conformidad con lo previsto en el texto ordenado sobre Política de Crédito.
Normas destacadas "A" 8127 Circular CIRMO 3-122: Billetes Deteriorados. Depósito de $500 sin perforar. El Banco Central dispone la recepción en los lugares habilitados de depósitos de billetes deteriorados sin perforar y en el estado que fueran retirados de la circulación hasta la...
Ver más El Banco Central dispone la recepción en los lugares habilitados de depósitos de billetes deteriorados sin perforar y en el estado que fueran retirados de la circulación hasta la denominación de $500 inclusive.
Normas destacadas "A" 8129 Circular CAMEX 1-1031: Exterior y cambios. Adecuaciones. En el marco de lo dispuesto en el punto 3.11.2. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios, vínculado a las compras de moneda extranjera por parte de residentes con aplicación...
Ver más En el marco de lo dispuesto en el punto 3.11.2. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios, vínculado a las compras de moneda extranjera por parte de residentes con aplicación específica, las entidades también podrán dar acceso al mercado de cambios a los residentes que deban realizar pagos de servicios de deudas comprendidas en el punto 3.5. o de títulos de deuda locales comprendidos en el punto 3.6. para la compra de moneda extranjera con anterioridad al plazo admitido por la normativa en las condiciones que se detallan en la presente. Además, disponen como condición adicional para acceder al mercado cambiario, en el marco de lo dispuesto en el punto 3.5. del texto ordenado sobre Exterior y Cambios (pagos de capital e intereses de endeudamientos financieros con el exterior), para realizar una transferencia al exterior para pagar el capital de títulos de deuda emitidos a partir del 08/11/24 que el pago tenga lugar una vez transcurrido como mínimo 365 días corridos desde su fecha de emisión.
Novedades Resolución Conjunta de las Secretarías de Finanzas y Hacienda 61/2024 Deuda Pública. Ampliación de Bono del Tesoro Nacional Los Secretarios de Hacienda y Finanzas aprobaron la operación de conversión en la que han considerado conveniente ofrecer a los tenedores del "Bono del Tesoro Nacional en Pesos...
Ver más Los Secretarios de Hacienda y Finanzas aprobaron la operación de conversión en la que han considerado conveniente ofrecer a los tenedores del "Bono del Tesoro Nacional en Pesos ajustado por CER 4,25% vencimiento 14 de febrero de 2025" (BONCER T2X5), la suscripción del "Bono del Tesoro Nacional en pesos cero cupón con ajuste por CER vencimiento 30 de junio de 2026" (BONCER TZX26). En consecuencia, con el fin de cubrir una demanda equivalente al total del valor nominal circulante del BONCER T2X5, proceden a la ampliación de la emisión del "Bono del Tesoro Nacional en pesos cero cupón con ajuste por CER vencimiento 30 de junio de 2026".
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Actualizado al 8-nov.-2024
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